Servicio Social
Universidad de Panamá
Reglamento aprobado en
la reunión del Consejo General Universitario
El Consejo Académico de
la Universidad de Panamá aprobó el Servicio Social obligatorio a partir del
segundo semestre 2010.
Esta medida desea
focalizar en una sola comunidad -previamente seleccionada- el servicio social
estudiantil, mediante programas que permitan la aplicación de los conocimientos
y garanticen el aprendizaje servicio de los estudiantes.
Objetivos
del Servicio Social Universitario
Además de cumplir con
los objetivos, de fomentar el desarrollo de una conciencia de responsabilidad,
solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece. Contribuir al
mejoramiento de las condiciones de vida de los sectores menos beneficiados en
aras del desarrollo económico, social, cultural y deportivo entre otros.
Duración
mínima
El servicio social
tendrá una duración mínima de 120 horas, que se cumplirán acorde al sistema
establecido por la unidad académica y de la existencia de cupos en los
proyectos seleccionados.
Requisitos para poder hacer el Servicio Social
Los estudiantes deben
cumplir los requisitos establecidos en el Artículo seis (6) y son los
siguientes:
•
Estar matriculados en la Universidad de Panamá.
•
Haber cursado el primer año del pensum académico de su carrera.
•
Tener un índice de carrera no menor de 1.00.
•
Participar del seminario de inducción al Servicio Social de la UP, organizado
por la unidad académica en coordinación con la Vicerrectoría de Asuntos
Estudiantiles.
•
Otros requisitos específicos que pudiera establecer cada unidad académica.
El joven universitario
tendrá la responsabilidad de cumplir con las tareas y actividades que se le
asignen en el programa; mantener una conducta que prestigie a la UP; acudir a
su servicio social en el horario establecido por la institución colaboradora y
presentar al profesor tutor el informe individual o colectivo a más tardar un
mes después de finalizado el servicio, tal como lo señala el Artículo nueve (9)
del reglamento.
Certificación
de culminación
Una vez completado el
trabajo por el estudiante, la unidad académica remitirá la certificación de
culminación, del mismo, a la Secretaría General de la UP y notificará de la
culminación a la VAE y esta a su vez mantendrá un registro del servicio social
realizado.
Lea aquí:
Nocitia
Más de 50,000 estudiantes que ingresaron por primera vez a la Universidad de Panamá deberán cumplir con el servicio social, según se desprende de lo aprobado por el Consejo General Universitario en su Reunión No2-10 del 2 de marzo de 2010.
En su Artículo 1, el CGU define el servicio social como el conjunto de actividades de carácter temporal que los estudiantes universitarios de pre-grado y grado, realizan, prioritariamente dentro de su área de formación profesional, en beneficio de las comunidades y otros sectores que lo requieran, privilegiando a las clases más necesitadas, como parte de su pensum académico, sin recibir remuneración económica o prestaciones laborales por ello.
El servicio social le brinda a las personas que lo prestan una experiencia que los acerca a la realidad de su país, promoviendo con ello que desarrollen actitudes y sentimientos de responsabilidad y compromiso social, que crezcan como personas al adquirir un carácter más humanista y que potencien sus valores, capacidades y virtudes para garantizar la formación integral de hombres y mujeres comprometidos con el desarrollo del país.
El objetivo del servicio social está dirigido a fomentar en los estudiantes el desarrollo de una conciencia de responsabilidad, solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenecen.
El servicio social tendrá una duración de un mínimo de 80 horas y un máximo de 200 horas, que se cumplirán dependiendo del sistema establecido por la unidad académica y de la existencia de cupos en los proyectos seleccionados.
Este reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Consejo General Universitario y publicación en la Gaceta Oficial y se aplicará a los estudiantes que inicien su carrera a partir de la fecha de la aprobación.
Reglamento aprobado en
la reunión del Consejo General Universitario
Los estudiantes deben cumplir los requisitos establecidos en el Artículo seis (6) y son los siguientes:
Una vez completado el
trabajo por el estudiante, la unidad académica remitirá la certificación de
culminación, del mismo, a la Secretaría General de la UP y notificará de la
culminación a la VAE y esta a su vez mantendrá un registro del servicio social
realizado.
Lea aquí:
Más de 50,000 estudiantes que ingresaron por primera vez a la Universidad de Panamá deberán cumplir con el servicio social, según se desprende de lo aprobado por el Consejo General Universitario en su Reunión No2-10 del 2 de marzo de 2010.
En su Artículo 1, el CGU define el servicio social como el conjunto de actividades de carácter temporal que los estudiantes universitarios de pre-grado y grado, realizan, prioritariamente dentro de su área de formación profesional, en beneficio de las comunidades y otros sectores que lo requieran, privilegiando a las clases más necesitadas, como parte de su pensum académico, sin recibir remuneración económica o prestaciones laborales por ello.
El servicio social le brinda a las personas que lo prestan una experiencia que los acerca a la realidad de su país, promoviendo con ello que desarrollen actitudes y sentimientos de responsabilidad y compromiso social, que crezcan como personas al adquirir un carácter más humanista y que potencien sus valores, capacidades y virtudes para garantizar la formación integral de hombres y mujeres comprometidos con el desarrollo del país.
El objetivo del servicio social está dirigido a fomentar en los estudiantes el desarrollo de una conciencia de responsabilidad, solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenecen.
El servicio social tendrá una duración de un mínimo de 80 horas y un máximo de 200 horas, que se cumplirán dependiendo del sistema establecido por la unidad académica y de la existencia de cupos en los proyectos seleccionados.
Este reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Consejo General Universitario y publicación en la Gaceta Oficial y se aplicará a los estudiantes que inicien su carrera a partir de la fecha de la aprobación.
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